lunes, 8 de julio de 2013

MEDIDAS PREVENTIVAS: LUGARES DE TRABAJO.




LUGARES DE TRABAJO.

Eliminar suciedades con las que se pueda resbalar y obstáculos con los que tropezar para hacer de su puesto de trabajo un lugar seguro y agradable

§ Si los equipos de protección colectiva no son suficientes para impedir la caída de altura (redes, barandillas, etc.), utilizar los equipos de protección individual (cinturones, cuerdas de amarre, amortiguador de caída, etc.).

§ Correcta iluminación del punto de trabajo con una iluminación general y otra en el propio puesto de trabajo.

§ Almacenar los materiales correctamente para evitar todos los riesgos de accidentes en las zonas de paso de los trabajadores.

§ En caso de avería o cualquier otro problema eléctrico, no trate de resolverlo usted mismo; informe al encargado o al personal indicado.

§ Los cables de prolongación se deben guardar enrollados en su bobina. Si el cable no tuviera bobina se enrollará realizando círculos relativamente grandes, deshaciendo los lazos o cocas que hayan podido formarse.

§ Asegúrese de utilizar aparatos y equipos eléctricos con las protecciones adecuadas y en buen estado de mantenimiento.

§ Las temperaturas del taller deben estar comprendidas entre 14 y 27 ºC, en función del tipo de trabajo.

§ El corte de componentes metálicos a máquina, se efectuará en el interior de un local habilitado al efecto y constantemente ventilado, en función de los trabajos a realizar y los contaminantes existentes.

 Se deberán tomar las medidas adecuadas para la lucha contra el ruido, siguiendo este orden de preferencia:

1.  Eliminar o reducir el ruido en su origen.

2.  Impedir o dificultar la propagación del ruido.

3.  Empleo de Equipos de Protección Individual auditiva.

§ Distribuir la maquinaria o las instalaciones generadoras de ruido, de forma que se vea afectado el menor número posible de trabajadores.

§ No tener en funcionamiento aparatos de radio, sistemas de hilos musicales, etc., en puestos de trabajo ruidosos.

§ Todos los productos químicos se deberán almacenar, conservar y etiquetar, según los procedimientos establecidos.

 





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