lunes, 16 de noviembre de 2009

UGT no está a favor de judicializar los accidentes derivados de los riesgos del SEIS

Ante el informe de la Inspección de Trabajo que alude a la carencia de un plan preventivo

El sindicato UGT no se muestra partidario de iniciar causas judiciales ante los accidentes derivados de los riesgos laborales implícitos en el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (SEIS). Así lo señalaba a este periódico su delegado sindical Gonzalo Sanz, a tenor del informe de la Inspección de Trabajo surgido tras la muerte del bombero Marco Antonio Navas mientras realizaba unas prácticas acuáticas, y que ya adelantó ‘El Faro’ hace unos días. Dicho documento recoge un dato concluyente en torno a la prevención de riesgos laborales en el Cuerpo, que no es otro que la ausencia de un plan de trabajo en condiciones para el desarrollo de dicha tarea. “No estamos de acuerdo con que esta tragedia tenga algún culpable jurídico, pero está claro que este accidente debe dar paso a una profunda reflexión para evitar que hechos así se repitan”, apunta Sanz. “Desgracias así deben provocar la reacción de la administración, sindicatos y de los propios compañeros para mejorar las condiciones de trabajo y formación en un futuro”.
Aplicación del plan
Respecto al informe de la Inspección de Trabajo, Sanz prefiere mostrarse prudente ante un documento del que dice no haber “tenido acceso”, aunque reconoce que la aplicación de un plan de riegos laborales en el SIES no es tarea nada sencilla, teniendo en cuenta el alto riesgo al que se exponen los integrantes del Cuerpo. “Al margen de los supuestos normales, el peligro va más allá de la excepcionalidad y la prevención hay que enfocarla de manera diferente”.
En este sentido, Sanz aclara que la normativa en esta materia dejaría de “tener vigencia” una vez que los efectivos de Bomberos pasan a la acción real, “no se pueden aplicar los mismos requisitos para el trabajador de una oficina que para los bomberos. Al exponernos a ciertas situaciones es difícil controlar al cien por cien el riesgo”. Frente a este hecho ineludible, la aplicación del plan preventivo únicamente sería viable en el caso de prácticas y entrenamientos, y no en supuestos reales, “el riesgo podemos eliminarlo en esos dos casos, es una carrera continua, un maratón en el que no podemos dejar de mejorar”.
En cualquier caso, y en nombre de su sindicato, Sanz asegura que UGT apuesta por la mejora de la prevención de riesgos, pese a que deba tenerse en cuenta el riesgo inherente que “jamás se podrá eliminar”. Recordar que del informe se obtiene la conclusión de la existencia de una grave infracción de la normativa que debe prevalecer en la realización de las prácticas careciendo de los controles debidos. Según el artículo 316 del Código Penal que contempla la no dispensa, por parte de los responsables, de medidas de seguridad para los trabajadores, su incumplimiento conlleva penas de entre seis meses a 3 años de prisión.

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